Venta de productos de CompraOroOline, marca comercial de Inversiones Reunidas Fercos SL
Los contratos de cesión de la propiedad de oro y otros metales preciosos mediante el pago de las cantidades dinerarias acordadas estarán sujetos en todo memento a la legislación española. Se acuerda que esa cesión se produzca en el momento del pago de las cantidades acordadas y en cumplimiento de todas las cláusulas que a continuación se detallan.
De conformidad con los artículos 1452,1182 y 1096.3 del Código Civil, las partes acuerdan el riesgo derivado del transporte, pérdida o destrucción de los bienes objeto del contrato serán asumidos por el comprador desde el mismo momento de la materialización del mismo.
La anulación de cualquiera de las cláusulas de este contrato por autoridades legislativas competentes no supondrá la invalidez del resto de las mismas salvo que dichas autoridades así lo especifiquen.
Cualquier notificación que haya de ser efectuada debe de ser realizada por escrito y con el acuse de la otra parte como validez y aceptación de la misma.
Condiciones Generales
En lo sucesivo
CompraOroOline, Inversiones Reunidas Fercos SL
con CIF B-65915563 y con domicilio en Barcelona, Calle Sants nº 36, 080014 será denominado como “La Empresa” y la persona física o jurídica que compre o encargue los productos será designado como “El Comprador” o “Cliente”. Los productos comprados o encargados serán denominados “bienes” o “productos”.
La vinculación entre comprador y empresa comenzará en el momento en el que el encargo del comprador haya sido aceptado por escrito por la empresa. En el caso de los pedidos a través del teléfono, no existirá tal vinculación hasta que la empresa lo acepte, así mismo por escrito. En este mismo momento, el comprador acepta las condiciones de compra y envío designadas por la empresa. Ningún otro tipo de condiciones ajenas a las que establece la empresa serán aceptadas por ésta en el procedimiento de venta, salvo que medie autorización por escrito de la empresa.
La empresa se reserva el derecho de venta de cualquier bien cuyas características contengan algún error tipográfico, visual, administrativo, de cotización factura etc. y de las cuales se pueda beneficiar el comprador sin haberlo comunicado previamente a la empresa. Cualquier otro tipo de información dada por la empresa acerca de alguna oferta, promoción o rebaja nunca formará parte de contrato de venta salvo que haya sido específicamente detallada en el mismo. La empresa reconoce mediante los términos Venta de lingotes y monedas de oro de inversión sin IVA y otros metales preciosos la distribución de los mismos a cambio de unas cantidades dinerarias acordadas con el cliente.
I Precios
Los precios de los productos sólo suponen una información estimativa de los precios reales de los bienes o del precio de venta final de los mismos. Sólo el encargo físico de los bienes supondrá una oferta final del precio. Dichos precios nunca llevarán aparejados, salvo que se especifique, el recargo por transporte, pago en destino, manejo de bienes etc.
Los precios finales se fijarán de acuerdo a los precios de la cotización del oro en el Gold Fixing de Londres (The London Gold Market Fixing Limited) y a los tipos de cambios estipulados por los mercados internacionales salvo que la empresa se reserve el derecho de modificarlos en función de las necesidades de mercado, ofertas, promociones etc. Dicho precio se fijará en el momento del pago de los bienes sin posibilidad alguna de modificación salvo que la empresa así lo considere necesario.
En caso de que un pedido se realice fuera de las horas de cotización de los mercados carecerá de validez alguna salvo que la empresa confirme por escrito lo contrario. En ese caso informará al comprador de la incidencia por escrito.
Los precios acordados sólo cubren el valor del bien, nunca los costes que conlleve el traslado del mismo, seguro etc. En el caso del oro el precio no llevará ningún recargo de IVA de acuerdo con lo estipulado en la Ley 55/1999 BOE de 30 de diciembre de 1999. En el caso de la venta de cualquier otro bien que no sea oro el recargo por IVA será del 21% del valor al que se acuerde la venta y precio final, sumando, por lo tanto, un 21% más al precio que se acuerda en el momento de compra.
II Envío
El precio del envío se mantiene totalmente ajeno al precio de cotización del producto. Sin embargo las propuestas de compra de bienes en caso de que éstos hayan de ser trasladados fuera de cualquier punto de venta autorizado de Inversiones Reunidas Fercos SL contendrán de manera detallada y visible el desglose de los precios añadidos.
El comprador reconoce los riesgos derivados del transporte, pérdida o destrucción de los bienes cuya responsabilidad será asumida por él según lo dispuesto en los artículos 1452, 1182 y 1.96.3 del Código Civil.
La empresa considerará como entregados fuera de plazo todos aquellos bienes que transcurridos 15 días naturales no hayan llegado a manos del cliente desde el día en el que se produce el encargo salvo que por motivos de stock la empresa lo comunique debidamente. En este caso el envío estará sujeto a los plazos de entrega del proveedor que la empresa deberá comunicar al cliente puntualmente.
Así mismo, la empresa quedará eximida de cualquier responsabilidad que trascienda a la duración del envío, salvo en el caso anteriormente expuesto, y que escape a su control. En tal caso se eximirá de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivar en daños o penalizaciones por esta causa.
Si la causa de que se produzcan tales retrasos es única y exclusivamente responsabilidad de la empresa, ésta informará al cliente de las causas que produjeron la incidencia y en caso de que el cliente no exija la devolución, la empresa le entregará bienes de igual o superior calidad. En caso de que el comprador exigiese la devolución, la empresa estaría obligada a realizarla en un plazo máximo de 60 días. Sí así no fuese, la empresa doblaría esa cantidad en concepto de daños y perjuicios y así sucesivamente.
III Forma de Pago
La empresa reconoce diferentes métodos de pago.
Transferencia bancaria. La empresa acepta el pago de las cantidades acordadas a través de una transferencia bancaria desde una entidad igual o diferente a las que trabajan con la empresa exigiendo el justificante de la misma. No existirá conformidad de encargo sin la confirmación mediante justificante de que la transferencia se ha realizado. El envío del justificante no supone la entrega inmediata de la mercancía, sino nada más que una conformidad de precio y procedimiento de venta. El pago se efectuará en el momento en que se realiza el pedido, aunque este no tendrá validez hasta que se materialice la cantidad acordada en cualquiera de las cuentas de la empresa. La empresa cederá la propiedad de los bienes al cliente en el momento en el que el pago se efectúe.
Depósito bancario. El depósito se ajusta a las mismas condiciones y procedimientos de compra anteriormente expuestos en la opción de transferencia bancaria.
Pago en efectivo. El pago en efectivo se realizará únicamente en las tiendas físicas y en los contra reembolsos. El precio fijado será siempre el del momento del pago.
Todo pago llevará consigo la emisión de una factura con un número de serie. En caso de que el cliente así lo considere necesario podrá exigir la nominación de la misma. El cliente podrá también rehusar a la tenencia de la misma sin que por ello tenga consecuencias en el precio final a abonar. El cliente dispondrá de 7 días hábiles para comunicar a la empresa cualquier tipo de discrepancia en la misma.
IV Cancelación
La empresa se reserva el derecho de cancelar cualquier pedido siempre que medie cualquier suceso de fuerza mayor tales como los derivados de las inclemencias meteorológicas, terrorismo, huelga y que escape al control de la empresa.
La empresa podrá cancelar pedidos siempre y cuando no se efectúe un pago en el periodo estipulado o considere que la intención por parte del cliente es la de retrasar el mismo consciente de las fluctuaciones a las que los precios se ven sometidos.
El comprador será el único responsable en la exactitud de los términos en los que realiza su encargo. Una vez efectuado el pedido no podrá ser cancelado ya que la empresa a su vez acuerda con su proveedor el suministro de dicho pedido.
Según Art 44 de la Ley 7/1996 quedan excluidos de devolución las monedas y lingotes de oro por ser bienes cuyos precios finales se ven sujetos a las fluctuaciones de mercado.